VTV exigible en el interior? (chata de CABA)

Publicado por La Calerita, 09 de Septiembre de 2016, 08:11:12 AM

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La Calerita

Amigos
Ya debatimos este tema en el pasado, pero con las nuevas disposiciones en Capital el caso es éste:
Mi chata está radicada en CABA y con mi patente terminada en 8 recién podré hacerle la VTV en agosto 2017 (no se puede antes).
¿Qué pasa si salgo fuera de la Gral Paz?
1. ¿Me pueden multar por no tener la VTV y/o retener el vehículo?
2. ¿Al estar radicada en CABA no me pueden hacer nada?
3. ¿Depende de las ganas que tenga quien me pare?
Si saben algo espero respuestas
Abrazos, Marcos
La Calerita..., vino de Córdoba a Buenos Aires para quedarse!! Somos de Chacarita/Paternal

pericote

Marcos: lleva copia de la normativa que avala la prórroga de la VTV para informar a los policías o inspectores de tránsito sobre la situación porteña, en caso de que en un control quieran labrar el acta de infracción.

Prórroga de agosto. La última prórroga que estableció la Ciudad respecto a la VTV fue a fines de agosto, y publicada en el Boletín Oficial el primer día hábil de septiembre. Se trata de la Resolución N° 395 Año 2016 del Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte-SECTRANS. Esta fue la que indicó que la Verificación Técnica Vehicular comience en octubre en vez de septiembre, como estaba previso.

pericote

RESOLUCIÓN N.° 395/SECTRANS/16
Buenos Aires, 29 de agosto de 2016
VISTO:
Nº 4956 - 01/09/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 114
Las Leyes N° 2.265 (texto consolidado por Ley N° 5.454) y N° 4111/11, el Decreto
N°403/16, la Resolución Conjunta N° 2016-2-SECTRANS, la Resolución N° 354/16 y el
Expediente N° 2.459699/2012 y,
CONSIDERANDO:
Que por Decreto N°403/2016 se Designo a la Secretaría de Transporte, dependiente del
Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte y a la Agencia de Protección ambiental,
entidad autárquica en el ámbito del Ministerio de Ambiente y Espacio Público, como
Autoridad de Aplicación del Servicio de Verificación Técnica Vehicular Obligatoria para los
vehículos radicados en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que por resolución conjunta
Nº 2016-2SECTRANS se aprobó el detalle de competencias asignadas a la Autoridad de
Aplicación mencionada precedentemente; Que entre las competencias correspondientes a
la Secretaría de Transporte se encuentra la de controlar junto con la auditoría técnica la
ejecución y finalización de las obras y determinar el inicio de las operaciones; Que de
conformidad a lo establecido en la circular sin consulta N° 001, punto 27 de los Pliegos
que rigieron la licitación para la prestación del servicio de verificación técnica vehicular, el
plazo para el comienzo de la prestación del servicio es de 365 días contados a partir de la
firma del contrato de concesión. En este sentido se destaca que todos los contratos
fueron firmados con fecha 23 de junio de 2015, por lo que el plazo estimado para la
prestación del servicio debiera ser el 23 de junio de 2016. Que por Resolución N° 354/16
se prorrogó el inicio de las operaciones correspondientes al servicio de Verificación
Técnica Vehicular Obligatoria en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para el día 01 de
Septiembre del 2016. Que con fecha 26 de Agosto del corriente, las Empresas
Concesionarias de la Licitación de referencia solicitaron prórroga hasta el día 1 de
Octubre de 2016 para la puesta en marcha del Servicio concesionado. Que por problemas
NOTA. DOCUMENTO NO OFICIAL. CONSULTAR RESOLUCIÓN ORIGINAL EN EL BOLETÍN OFICIAL
DEL GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES, DESDE
http://boletinoficial.buenosaires.gob.ar/documentos/boletines/2016/09/20160901.pdf (PÁGINA 115/116)
de público conocimiento con respecto a las restricciones y dificultades acaecidas durante
el año 2015 para la compra y fabricación de los equipos de producción extranjera que los
Concesionarios se comprometieron a instalar en las plantas revisoras, se ha tornado
insostenible mantener los tiempos contractuales; Que, aun se encuentran pendientes los
otorgamientos de las habilitaciones por incendio y ventilación; Que por problemas ajenos
a los concesionarios, restan gestiones relativas a la habilitación de las plantas por el
organismo competente del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que esta
Secretaría, en carácter de Autoridad de Aplicación, estima razonable lo pretendido por las
Concesionarias, por lo que estima pertinente la aprobación de la prorróga solicitada; " Por
ello, y en uso de las facultades conferidas en el Decreto 403/2016 y Resolución Conjunta
N° 2016-2-SECTRANS,
EL SECRETARIO DE TRANSPORTE RESUELVE
Artículo 1.- Apruébase la prórroga solicitada por las Empresas Concesionarias para el
inicio de las operaciones correspondientes al servicio de Verificación Técnica Vehicular
Obligatoria en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para el día 01 de Octubre del 2016.
Nº 4956 - 01/09/2016 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 115
Artículo 2.- Intímase a las empresas concesionarias del Servicio de Verificación Técnica
Vehicular Obligatoria en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a poner en marcha el
servicio en la fecha estipulado en el Artículo 1, bajo apercibimiento de aplicarse las
sanciones dispuestas en el Artículo 53 del Pliego de Bases y Condiciones Particulares
que rigió la Licitación. Artículo 3.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires, comuníquese a la Dirección General de Tránsito y Transporte y a las
empresas concesionarias del Servicio de Verificación Técnica Vehicular Obligatoria para
los vehículos radicados en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires- Cumplido, archívese.
Méndez

Esteban Avalos

A ver! vamos por partes dijo Jack!

  • La VTV o ITV esta contemplada en la Ley Ncional de Transito Nº 24.449, sancionada en 1995
  • A partir de esta, las provincias deben "adherir" y reglamentarla en forma individual (asi funciona nuestro federalismo) :-\
  • La Provincia de Buenos Aires fue una de las primeras, Cordoba también la tiene, pero la aplican con diferentes criterios
  • Además los municipios reglamentan con normas propias también, en definitiva el usuario esta en el horno, ejemplo en Merlo te retienen la licencia por cualqier cosa (te  dan un papel para circular hasta que pagues) y en otros lados solo te labran la multa en la calle
  • Lo que si es seguro es que NADIE te puede retener el vehiculo, salvo que sea su circulación PELIGROSA para vos y para terceros (caso de estar chupado en mas de 1mlg y algo), o que lleves una reja de 6 mts sobresaliendo por todos lados, o sin paragolpes, etc, y aca es donde entra el criterio de nuestros guardianes del orden que muchas veces es nulo y solo apuntan al bolsillo
Espero le shaya servido, no soy ningun idoneo, solo he leido bastante y tuve algunas experiencias. Un saludo.
Esteban Avalos
Estanciera 60' V8 302, ZF, Discos y mas.

dani

y si estan de animo y tenes la vtv te enganchan por el matafuego o por la antena o el bot iquin o la savana por las dudas yo los ezquivo y si no queda otra ponele mucha onda

La Calerita

ok gracias! llevaré copia de todo la normativa y de los plazos disponibles aun para hacer la vtv en CABA.
En teoría, entonces, no deberían hacer problema fuera de la capital.
Saludos, Marcos
La Calerita..., vino de Córdoba a Buenos Aires para quedarse!! Somos de Chacarita/Paternal